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Cuba cuenta con nueva Ley de Salud Pública

Yanel Blanco Miranda
24 enero 2026 | 0 |

Foto: tomada de Infomed


La “Ley de la Salud Pública” (165/2023) fue publicada en la Gaceta Oficial de Cuba este 23 de enero, dos años después de ser aprobada por los diputados durante el segundo periodo ordinario de sesiones de la X Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

El documento jurídico viene acompañado de su reglamento (Decreto 133/2025) y de la Resolución 145 también del año pasado “Procedimiento para la constitución y funcionamiento de la Comisión Nacional de Ética Médica”, una de las novedades de esta normativa.

En conferencia de prensa, la viceministra primera del ministerio de Salud Pública (MINSAP) Dra. Tania Margarita Cruz Hernández habló sobre los antecedentes de esta nueva ley, que viene a actualizar la que ya existía (de 1983) y que reconoce, como su antecesora, a la salud pública como un “derecho de las personas”.  

Dra. Tania Margarita Cruz Hernández, viceministra primera del MINSAP./Foto: Yanel Blanco

Asimismo, la funcionaria señaló que fueron contemplados para su actualización diferentes elementos como el propósito social de la medicina, el carácter público de los servicios de atención, protección y recuperación de la salud, la aplicación de los adelantos de la ciencia, la investigación y la innovación, entre otros.

Al explicar por qué era necesario una actualización del marco legal de la salud, la Dra. Cruz Hernández apuntó que tuvo que ver con “los retos económicos y sociodemográficos actuales, entre ellos el decrecimiento y el envejecimiento poblacional.

“También para incorporar a la protección jurídica programas y estrategias de salud y servicios que en el transcurso de los años, desde 1983, el Sistema Nacional de Salud había introducido y que son experiencias satisfactorias y no tenían respaldo legal en un rango de Ley”.

La Dra. Tania Margarita Cruz refirió que los programas a respaldar “comprenden como elemento fundamental la intersectorialidad y tienen implicaciones en la sociedad de manera general, y en sectores y actividades que no son solo responsabilidad del MINSAP. 

“Entre estos se encuentra el del Médico y la enfermera de la familia fundado en 1984 y que se ocupa de la atención primaria de salud en la comunidad. Otro ejemplo lo constituye el vinculado a la reproducción humana asistida, la cual requiere una seguridad jurídica de alta importancia por los aseguramientos que entraña y las posibilidades y opciones que da a las personas”.

De igual forma, subrayó que la nueva ley contempla aspectos imprescindibles para la formación de los recursos humanos como los “vinculados a la ética médica, que no tenían una expresión en la anterior”.

Según la viceministra primera, la Ley 165 coloca la dignidad humana en el centro de las políticas sanitarias, reconoce la diversidad social y cultural del país, se adapta a los retos demográficos y económicos, y busca garantizar derechos y deberes en materia de salud.

Al respecto, Dagmara Cejas Bernet, directora jurídica del MINSAP manifestó que desde su aprobación se ha laborado sin descanso en la conformación de “las normas complementarias y en otro grupo importante de instrumentos jurídicos que, a nivel del ministro de Salud Pública, están siendo revisados por diversos grupos de trabajo multidisciplinarios del organismo”.

Al decir de la especialista, esto responde a la necesidad de acompañar la implementación de la nueva ley con reglamentos, protocolos de atención o guías de buenas prácticas, indispensables para poder llevar a la práctica lo normado.  

“Para esto el ministerio cuenta con un plan legislativo (parte de su sistema de trabajo) donde hay más de cien normas jurídicas en vías de elaboración. En estos momentos trabajamos en aquellas que consideramos son las de mayor impacto como: el Reglamento General de Hospitales, el de Policlínicos, lo vinculado al consentimiento informado, a la inspección sanitaria estatal, la ética médica y al capital humano”.

Ciencia e innovación en salud

Para la Dra. Ileana Morales Suárez, directora de Ciencia e Innovación Tecnológica del MINSAP, la creación de este documento legal fue un “ejercicio de alta ciencia porque tuvimos en cuenta los principales elementos que caracterizan hoy las leyes del mundo, y lo que está en el estado de arte de la gestión en salud”.

Dra. Ileana Morales, directora de Ciencia e Innovación Tecnológica del MINSAP./Foto: Yanel Blanco

La directiva apuntó que esta ley tiene un alto significado para los profesionales de la salud y los compromete aún más con la labor que se desarrolla a diario en este sector.

Además, reconoce que debido a la profunda interrelación que existe entre la salud humana, animal, la de las plantas y ambiental, se precisa de nuevos enfoques, basados en el paradigma de “Una sola salud” para desarrollar las nuevas acciones sanitarias.

“Otros aspecto que tendrá un importante impacto en el presente y futuro de la salud pública es que se introduce de manera más profunda y amplia los conceptos de ética médica, relacionados específicamente al ejercicio de la profesión y a los procesos de formación.

“Por eso, junto a la publicación de la Ley en la gaceta sale la resolución ministerial que dispone la composición y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Ética Médica, que tendrá en los próximos meses el encargo de presentar el Código de Ética Médica cubano”.

En cuanto a la aplicación de la ciencia y la calidad en el sector, la Dra. Ileana Morales expresó que en el Título III de la Ley 165 se aborda esto de manera exhaustiva.

“Lógicamente una de las actividades fundamentales del sector, aparte de la atención médica, de la higiene y la epidemiología y la docencia médica es la ciencia e innovación tecnológica.

“¿Qué es lo nuevo en esta área? Ampliamos los temas relacionados con la ética en la investigación en los seres humanos, donde Cuba tiene amplia experiencia. Este es un elemento que hoy cobra una importancia tremenda, y que durante la pandemia estuvo sujeto a la mirada internacional.

“Ahora ampliamos este apartado y vemos qué significa el aprobar y regular investigaciones que se desarrollan en seres? No con seres, sino en seres humanos. Y eso también se traslada a los animales de experimentación, a contemplar su bienestar, muy en consonancia con otras regulaciones del país.

“Y aparece con muchas más fuerzas el desarrollo y control de los ensayos clínicos, entendidos como la investigación compleja y experimental para el desarrollo de nuevos productos y equipos”.

La Dra. Morales Suárez, enfatizó que existe un componente significativo en esta Ley y es que “por primera vez se abrió un Título especial para abordar el tema de la calidad general de los procesos de atención en salud y la seguridad del paciente.

“Asimismo, lo contendiente a la metrología como un elemento esencial en la seguridad de la atención, y a la normalización con todo lo aplicable a los protocolos y el apego irrestricto a esos protocolos en el ejercicio de la práctica médica”.

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